El 5 de octubre de 2026, el Ministerio de Hacienda comunicó a través del Foro de Asociaciones y Colegios Profesionales Tributarios su decisión de aplazar VeriFactu hasta octubre de 2028. La nueva fecha coincide con la entrada en vigor de la factura electrónica obligatoria para pymes y autónomos, y el objetivo declarado es alinear ambas normativas para evitar que los negocios tengan que adaptarse dos veces en poco tiempo.
Es el tercer aplazamiento de VeriFactu desde que se aprobó el Real Decreto 1007/2023. El primero movió la fecha a 2026, el segundo a 2027, y ahora la obligatoriedad queda fijada en octubre de 2028, pendiente de publicación formal en el BOE.
Para los distribuidores de software TPV, esta noticia tiene una lectura concreta: el horizonte se amplía, pero la oportunidad no desaparece. Todo lo contrario.
VeriFactu se aplaza a 2028: qué ha dicho Hacienda exactamente
La Agencia Tributaria ha comunicado que las obligaciones pendientes del Real Decreto 1007/2023, el reglamento VeriFactu, se retrasan hasta octubre de 2028, según la nota informativa del Ministerio de Hacienda del 5 de octubre de 2026. El mismo día, el BOE publicó la Orden HAC/1028/2026 que establece los requisitos técnicos de la solución pública de factura electrónica, con entrada en vigor también en octubre de 2028.
El objetivo es hacer coincidir en una misma fecha ambas obligaciones:
- La obligatoriedad de VeriFactu para todos los negocios que usen software de facturación
- La factura electrónica B2B para pymes y autónomos con facturación inferior a 8 millones de euros
Además, la convergencia también busca alinear el marco normativo español con la directiva europea ViDA (VAT in the Digital Age), que será obligatoria en toda la UE a partir de 2030.
Nuevo calendario VeriFactu 2028: fechas oficiales y pendientes de BOE
Un punto importante: a 6 de octubre de 2026, el aplazamiento consta en una nota informativa del Ministerio de Hacienda, pero todavía no ha sido publicado en el BOE como norma. Hasta que eso ocurra, los plazos legales vigentes siguen siendo los de 2027.
| Obligación | Fecha vigente hoy | Nueva fecha prevista |
|---|---|---|
| VeriFactu Sociedades (IS) | 1 de enero de 2027 | 6 de octubre de 2028 |
| VeriFactu Autónomos y resto | 1 de julio de 2027 | 6 de octubre de 2028 |
| Factura electrónica (facturación hasta 8M€) | Pendiente | 6 de octubre de 2028 |
Seguiremos informando en cuanto el aplazamiento sea publicado oficialmente en el BOE.
Los requisitos técnicos de VeriFactu no cambian: esto sigue igual
Este es el punto más importante para los distribuidores y para los negocios que ya han dado el paso.
El aplazamiento no relaja las exigencias técnicas de VeriFactu. Los principios fundamentales que debe cumplir cualquier software de facturación siguen siendo exactamente los mismos: integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros. Cambia el calendario, no los requisitos.
Esto significa que iaTPV sigue cumpliendo con todo lo que la normativa exige, ahora y cuando entre en vigor en 2028.
VeriFactu aplazado: oportunidad para el distribuidor TPV
Un tercer aplazamiento puede generar dos reacciones en el mercado. La primera es la tentación de relajarse: si la fecha se mueve, el cliente puede esperar. La segunda es ver la oportunidad real que hay detrás.
El argumento de urgencia cambia, pero no desaparece
Los negocios que todavía no han actualizado su software van a recibir esta noticia como una señal de que pueden seguir esperando. Eso es verdad a medias. Los plazos se han movido tres veces, pero los requisitos técnicos no han cambiado ni una sola vez. El software que necesitan en 2028 es exactamente el mismo que necesitaban en 2027.
La diferencia es que ahora tienes más tiempo para hacer las instalaciones bien, sin la presión del último trimestre de 2026 y sin competir con todos los demás distribuidores en el mismo momento.
Los negocios que ya han migrado no tienen que hacer nada
Si tienes clientes que ya han instalado iaTPV, están cubiertos. El software cumple los requisitos del Real Decreto 1007/2023 y seguirá cumpliéndolos cuando la obligatoriedad entre en vigor en 2028. No hay que cambiar nada, no hay que hacer ninguna actualización especial y no hay ningún coste adicional.
El mercado sigue siendo el mismo
Miles de negocios en toda España siguen necesitando actualizar su software antes de octubre de 2028. La demanda no ha desaparecido, solo se ha distribuido en un periodo más largo. Para el distribuidor que trabaja de forma planificada, eso es una ventaja: más tiempo para construir cartera, más tiempo para hacer buenas instalaciones y más tiempo para llegar a los clientes antes que la competencia.
Software TPV con VeriFactu en 2028: por qué actuar antes sigue siendo la mejor decisión
El aplazamiento no cambia lo que hace que iaTPV sea el software que los distribuidores deben ofrecer a sus clientes. El producto sigue siendo el mismo: software con VeriFactu integrado, cobertura para hostelería y comercio, soporte directo con el equipo de programación y más de 25 años de experiencia en desarrollo desde Torredonjimeno (Jaén).
Lo que sí cambia es el momento ideal para hacer las instalaciones. Con el horizonte en 2028, los negocios que se adapten ahora llegan a esa fecha con el sistema rodado, sin errores de transición y sin el estrés de cambiar el software en el último momento.
Para el distribuidor, ese argumento es más fácil de vender que la urgencia normativa. No se trata de cumplir un plazo: se trata de modernizar el negocio con tiempo, bien hecho y sin interrupciones.
Las soluciones de iaTPV cubren todos los sectores obligados a cumplir VeriFactu: hostelería, comercios, peluquerías, supermercados y negocios de delivery.
Preguntas frecuentes sobre el aplazamiento de VeriFactu a 2028
¿Es oficial el aplazamiento a octubre de 2028?
La AEAT lo comunicó el 5 de octubre de 2026 a través del Foro de Asociaciones y Colegios Profesionales Tributarios. El mismo día el BOE publicó la Orden HAC/1028/2026 sobre factura electrónica. El aplazamiento de VeriFactu específicamente está recogido en una nota informativa del Ministerio de Hacienda, pendiente de publicación como norma en el BOE.
¿Cambian los requisitos técnicos de VeriFactu con el aplazamiento?
No. Los principios de integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad de los registros se mantienen exactamente igual. Cambia el calendario, no lo que debe cumplir el software.
Si ya tengo iaTPV instalado, ¿tengo que hacer algo?
No. El software cumple los requisitos del Real Decreto 1007/2023 y no requiere ninguna actuación adicional por parte del distribuidor ni del negocio.
¿Por qué se ha aplazado VeriFactu a 2028?
El objetivo es hacer coincidir VeriFactu con la entrada en vigor de la factura electrónica obligatoria para pymes y autónomos, evitando que los negocios tengan que adaptarse dos veces. También busca alinear el marco español con la directiva europea ViDA, obligatoria en la UE en 2030.
¿Tiene sentido instalar iaTPV ahora o esperar a 2028?
Instalar ahora tiene más ventajas que esperar. Los negocios que migran con tiempo llegan a 2028 con el sistema rodado, sin errores de transición y sin el coste de hacerlo en el último momento. Y los distribuidores que posicionan su cartera ahora no van a competir con todos los demás en el mismo momento.
En iAvanza seguimos trabajando para que iaTPV sea el software más completo y actualizado del mercado cuando VeriFactu entre en vigor en 2028. Si quieres posicionarte como distribuidor de referencia en tu zona antes de que llegue ese momento, consulta cómo unirte al canal de distribución o solicita una demo gratuita para ver el producto de primera mano.